1.- SE HA ROTO UN CRISTAL EN EL PORTAL O EN LA ESCALERA

La rotura de un cristal siempre es importante, por varias razones. En la mayoría de las veces se trata de la puerta de entrada al edificio, en otras a pesar de ser una ventana, provoca molestias. ASFINCA tiene previsto esta eventualidad, y una vez recibamos su AVISO, procederemos:- A analizar su la póliza del seguro de su edificio tiene cubierto este riesgo, en cuyo caso procederemos a dar el parte, abrir expediente de siniestro, y hacerle el seguimiento hasta que la Cía. de Seguros resuelva la avería.- Si no procede la reclamación a la Cía. de Seguros, daremos aviso a un cristalero, abriendo expediente de avería, para hacer el seguimiento hasta que esté resuelto.

2.-SU VECINO LE MOLESTA CON RUIDOS

Desgraciadamente, este es un problema relacionado con la educación y con el respeto. Las soluciones están en esa dirección. Lo primero sería intentar un acercamiento personal, con ánimo conciliador haciéndole ver el problema, mostrando comprensión pero pidiendo respeto.Esta acción suele fallar por lo que podríamos recurrir a la vía legal. Para ello, en nuestra Ciudad existe una ordenanza de ruidos. En el peor de los casos hay que acudir a la Autoridad, y llamar a la policía local, y si fuera preciso pasar a la denuncia ante el juzgado.

3.- OBRAS EN LA VIVIENDA

Recuerde que la Ley de Propiedad Horizontal , obliga a cumplir una serie de condiciones para hacer obras:

A – Está totalmente prohibido hacer obras que alteren cualquier elemento común, tales como «bajantes», «tuberías comunes», «cables de TV», «conductos de ventilación», «muros», «fachadas», «terrazas», y en general todo lo que pueda ser considerado elemento común.En este caso NO ES POSIBLE HACER NINGUNA OBRA sin contar previamente con la autorización de la Junta General de la Comunidad. Ni el Presidente ni el Administrador, tiene facultades para autorizar éstas, por lo que deberá realzar una solicitud por escrito, acompañando memoria de las obras y condiciones de la misma, para que pueda ser sometido a la siguiente reunión de Junta que se convoque. Mientras tanto no puede hacer la obra, y será responsable de ello en todo caso, pudiendo verse obligado a volver las cosas a su estado original si así lo estima la Junta.

B – Si la obra no afecta a elementos comunes, puede Vd. realizarla sin autorización previa, pero la Ley de Propiedad Horizontal , obliga a ponerlo en conocimiento de la Comunidad, para cualquier efecto, por lo que se recomienda, una comunicación por escrito informando de la obra a realizar al Presidente o al Administrador.En todos los casos es Vd. responsable de los daños y molestias que puedan causar el personal que realice la obra, por lo que le aconsejamos vigilar sus acciones, especialmente el vertido de escombros, el traslado de los materiales ya que esto causa no solo suciedad sino que dañan las escaleras, ascensores, paredes etc…Piense en todo caso que aunque Vd. no viva en estos días en su vivienda, los demás vecinos tienen que descansar, por lo que aconseje a los operarios que eviten los ruidos y molestias en horarios no adecua.

4.- LOS CONTRATOS SUSCRITOS POR LA COMUNIDAD HAN QUEDADO DESFASADOS Y LOS PRECIOS SON ELEVADOS

Lo primero que hay que hacer es revisar todos los contratos existentes con las distintas empresas contratadas: mantenimiento ascensor, empresa de limpieza, grupo presión de agua, etc. Es importante ver si hay contrato firmado, la duración del mismo, la fecha en la que se firmó y el precio estipulado. Recomendamos hablar siempre antes que nada con la empresa contratada y comentarle el objetivo que queremos llevar a cabo de recortar gastos para que ajuste el precio a los precios actuales del mercado. En ese caso se firmaría un anexo al contrato ya existente con la modificación de precio. En caso de que no haya contrato hablar siempre primero con la empresa que tenemos contratada para plantear una posible bajada de precio y solicitar a otras empresas presupuestos para conocer los precios actuales, ya que muchas veces si los contratos se han firmado para muchos años están desactualizados y no son acordes con la situación actual. Si la comunidad decide rescindir un contrato hay que preavisar con tres meses de antelación por carta certificada a la empresa, poniendo en conocimiento que no se va a renovar dicho contrato. Seguramente cuando reciban la baja/cese del servicio la empresa se pondrá en contacto con el administrador o presidente de la comunidad para conocer los motivos de la baja por si se pudiese llegar a un acuerdo

.5.- ¿COMO USAR LA APLICACIÓN FYNKUS DE ASFINCA?

Para empezar a usar la app móvil de ASFINCA, le pasaremos el código de registro de su comunidad. Una vez lo tenga, abrirá la app (Android – iOS) y pinchará en Regístrate. Ahí tendrá que introducir los datos y el código de comunidad facilitado por tu administrador de fincas.

Rehabilitar un edificio es fundamental por varias razones, tanto para mejorar la calidad de vida de sus ocupantes como para conservar el patrimonio y el entorno urbano.

Los principales motivos por los que podríamos plantearnos una obra de rehabilitación o de mejoras en el acceso del edificio son:

En el día a día vemos como las comunidades necesitan estas actuaciones de forma imperativa por motivos de seguridad estructural en primer lugar. Con el tiempo, los edificios sufren desgaste por factores como el clima, la contaminación, o el uso intensivo. Realizar una rehabilitación garantiza que el edificio mantenga su integridad estructural y que esté en condiciones óptimas para evitar riesgos, como grietas, desprendimientos o colapsos. Esto es clave para prevenir accidentes y proteger a los residentes o usuarios del edificio.

También, conseguiremos un aumento de la eficiencia energética del edificio. Esto puede incluir la instalación de sistemas de aislamiento térmico, renovación de ventanas y puertas, y la implementación de energías renovables como paneles solares. Por tanto, vamos a reducir el consumo de energía, lo que se traduce en un ahorro económico a largo plazo en facturas de calefacción, refrigeración o electricidad y vamos a contribuir a la sostenibilidad y la lucha contra el cambio climático, al reducir las emisiones de CO₂ y la dependencia de energías contaminantes.

Un edificio rehabilitado generalmente ve aumentado su valor en el mercado inmobiliario. Las mejoras en las instalaciones, el confort y la eficiencia energética hacen que el inmueble sea más atractivo para posibles compradores o inquilinos. Además, un edificio en buen estado de conservación incrementa su vida útil, lo que lo convierte en una inversión más sólida.

Todo esto hace que mejore el confort y la calidad de vida. Rehabilitar un edificio también significa mejorar el confort y la calidad de vida de sus ocupantes. Las reformas pueden incluir la mejora de la climatización, la instalación de nuevos sistemas de ventilación, la insonorización de los espacios, la modernización de las instalaciones eléctricas o de fontanería, o la mejora de la accesibilidad, como la instalación de ascensores o rampas. Esto crea un entorno más cómodo y saludable para vivir o trabajar.

Por último, nos aseguramos de cumplir con las normativas y legislación, como la Inspección Técnica de Edificios (ITE), el Código Técnico de la Edificación (CTE) y otras normativas relacionadas con la seguridad, la eficiencia energética o la accesibilidad.

También vamos a ahorrar en el mantenimiento del edificio a largo plazo, ya que un edificio rehabilitado requiere menos mantenimiento preventivo y correctivo en el futuro. Muchas veces, las pequeñas reparaciones acumuladas a lo largo de los años pueden ser más costosas que realizar una rehabilitación integral que asegure la durabilidad de los materiales y las instalaciones. La rehabilitación permite evitar futuros problemas estructurales o técnicos que pueden resultar en reparaciones más costosas.

En cuanto a la huella de carbono , la va a reducir ya que además de la mejora energética, la rehabilitación puede utilizar materiales sostenibles y tecnologías ecológicas que contribuyen a reducir el impacto ambiental del edificio. En lugar de construir un nuevo edificio, rehabilitar uno existente reduce el uso de recursos naturales y el gasto energético asociado a la demolición y nueva.

Aparte de los demás motivos, también se mejora la apariencia estética del entorno urbano. Edificios antiguos y deteriorados pueden tener un impacto negativo en la imagen del barrio o la ciudad. La rehabilitación contribuye a mejorar el paisaje urbano, revitalizando áreas que de otra manera podrían decaer. 

 

PASOS PARA BUSCAR FINANCIACIÓN:

 Lo primero sería, evaluar el coste de las obras: Contratar a un técnico (arquitecto o ingeniero) para obtener un presupuesto detallado de la obra.

Después, revisar las subvenciones disponibles: Investigar las ayudas y subvenciones a nivel local, autonómico y nacional, y preparar la documentación necesaria.

En tercer lugar, consultar con un banco o financiera: Acudir a entidades bancarias para explorar opciones de financiación como préstamos hipotecarios o líneas ICO.

Por último, aprobar la financiación en la junta de propietarios: Obtener la aprobación de la comunidad para llevar a cabo las obras y decidir cómo se financiarán (subvenciones, préstamos, derramas).

 

En base a estos motivos y a la necesidad por parte de las comunidades de propietarios de mantener sus inmuebles en buen estado, se hace imperiosa la necesidad de acometer estas obras de rehabilitación. No es fácil. A la dificultad de poner de acuerdo a la comunidad en el proyecto hay que sumarle el coste y las dificultades de financiación para afrontar la obra.

Por tanto, en esta búsqueda de soluciones podría ser un buen aliado la consecución de una subvención que minore el esfuerzo.

Las subvenciones que se ofrecen se centran en tres áreas principales:

ACCESIBILIDAD -EFICIENCIA ENERGÉTICA – REHABILITACIÓN DE FACHADAS.

Una vez que se tiene claro que se cumple con los requisitos exigidos para poder optar a las ayudas, se debe contactar con la Oficina de Rehabilitación de la Comunidad Autónoma. En este organismo informarán sobre las distintas opciones y asesorarán sobre el proyecto que mejor se adapte a cada caso. Otra opción disposición de los ciudadanos es la de consultar el simulador de ayudas que ha habilitado el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana. Este permitirá calcular el potencial de mejora del edificio o vivienda y el importe aproximado de la subvención que se podría recibir. Son las Comunidades Autónomas las que establecen el plazo y la forma en la que se deben presentar las solicitudes de subvención.

APROBACIÓN POR LA COMUNIDAD DE PROPIETARIOS DE SOLICITAR SUBVENCION:  

Es necesario tener la mayoría simple tanto para la realización de obras en el edificio o como para solicitar la subvenciones o financiación para su desarrollo. Para la solicitud de la subvención, préstamos o cualquier tipo de financiación se requiere el voto favorable de la mayoría de propietarios que representen la mayoría de las cuotas de participación.

Su coste anual no puede superar nueve mensualidades ordinarias de gastos comunes (una vez descontado las subvenciones recibidas).

El coste de las actuaciones o el pago de las cuantías necesarias para cubrir préstamos que se hayan solicitado para ello, serán considerados gastos generales de la comunidad.

 

¿QUIEN TRAMITA LA SUBVENCIÓN?:

 

Se trata de una ardua y larga tarea. Estos trámites pueden ser gestionados por las administradores de fincas, los arquitectos o responsables de los proyectos, por el propio presidente de la comunidad y por un agente rehabilitar externo o asesoría externa.

El promotor de la rehabilitación es la comunidad de propietarios y es quien va a presentar la documentación y el responsable que esté correcta.

Los Administradores de Fincas colegiados, cuando una Comunidad de Propietarios se plantea realizar algún tipo de obras acogidas a algún Plan de Subvenciones, debemos preparar un gran número de documentación (muchas de ellas llevan aparejado la celebración de al memos 3-5 juntas extraordinarias).

La comunidad de vecinos se reúne con quien se va a encargar de la gestión de la solicitud de la subvención y elaboran el libro del edificio y el proyecto de rehabilitación.

 

DOCUMENTOS A PRESENTAR:

Orientativamente, enumero algunos documentos que deben ser presentados para la tramitación de la subvención (ejemplo para un Ayuntamiento que hay ofertado subvención):

Declaración de estar al corriente de las obligaciones tributarías y con la Seguridad Social.

Declaración de no hallarse incurso en ninguna de las causas que impiden obtener la condición de beneficiario de subvenciones públicas.

Declaración de no haber recibido otras ayudas, con el mismo objeto, que superen el coste real de lo subvencionado.

Declaración de no tener pendiente de justificación fuera de plazo subvenciones otorgadas por el ayuntamiento o sus organismos públicos.

Declaración responsable de disponer del Informe de Evaluación del Edificio.

Declaración responsable relativa a la fidelidad de las copias presentadas con los originales.

Declaración responsable acreditando la residencia o no, en el edificio objeto de la actuación, de al menos una apersona con discapacidad acreditada, en cuyo caso las actuaciones de mejora de la accesibilidad serán obligatorias para poder optar al resto de actuaciones subvencionables.

A la documentación anterior, deberá acompañarse la siguiente documentación complementaría:

Certificado de acuerdos adoptados, emitido y firmado por el Administrador con el visto bueno del presidente:

Acuerdo para la solicitud de subvenciones para obras de rehabilitación al Ayuntamiento, con relación de comuneros, número de viviendas y locales y cuota de participación.

Aprobación de la designación de presidente, administrador, y el otorgamiento de capacidad para formular la solicitud de subvenciones en nombre de la comunidad.

Aprobación de presupuesto seleccionado.

Proyecto o memoria técnica de las actuaciones a realizar.

Presupuesto de la empresa que realizarán la ejecución de las actuaciones.

Presupuesto de honorarios y de costes indirectos, firmado y/o sellado por la empresa o profesional.

Para actuaciones sin iniciar, presentación de tres ofertas, como mínimo, de diferentes proveedores, con carácter previo a la contratación.

Para actuaciones de eficiencia energética, Certificado Energético del Edificio, registrado en el órgano competente de la Comunidad Autónoma, y compromiso de realización de una inspección termográfica del edificio, antes y después de la rehabilitación.

Habría que estudiar cada caso particular sobre la viabilidad de solicitar o no una subvención y si su resultado final beneficiará a la comunidad. Podría darse el caso que las ayudas no cubran el tipo de rehabilitación necesaria o el porcentaje subvencionado es muy bajo con relación al coste total, en cuyo caso no sería conveniente solicitarla. También es importante estudiar el plazo de ejecución de obras si coincide o no con los planes hechos por la comunidad. La realidad es que las comunidades menos pudientes y con menos recursos son las que ven más dificultades en solicitarlas y por ello son las que más necesitarían de subvenciones. La financiación bancaria para las comunidades es complicada ya que en caso de impago la deuda es solidaria pudiendo reclamarse al propietario solvente que ha pagado su parte y que se ve responsabilizado del impago por parte de la comunidad. No obstante, también hay préstamos ICO a los que puede acudirse. En definitiva, ante la necesidad de rehabilitar un edificio antiguo que necesita estas reformas, la comunidad y sus propietarios deben ponerse manos a la obra, apretarse el cinturón y colaborar todos por el bien de su inmueble que es el principal valor patrimonial al que deben proteger entre todos.